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30/06/2010
El senado aprobó un proyecto de ley que mejora el régimen de licencias por maternidad y paternidad

La iniciativa cuenta con el aval del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y se consensuó a partir de 13 proyectos diferentes. El senador Filmus introdujo varias de las modificaciones aprobadas en el proyecto final. El senador porteño por el Frente para la Victoria, Daniel Filmus, se mostró “satisfecho” por la aprobación – por unanimidad - de un proyecto de ley que mejora el régimen de licencias por paternidad y maternidad por nacimiento o adopción.

El proyecto aprobado introduce en sus modificaciones algunos aspectos que son el espíritu de la iniciativa presentada este año por el Filmus como la extensión de la licencia por paternidad (en el proyecto original presentado por el Senador se solicitaban 15 hábiles pero se consensuaron 5 corridos); la igualdad de criterios entre las licencias para maternidad/paternidad biológica y adoptiva y la paridad en términos de género en el caso de la excedencia del beneficio.

La norma – fruto del consenso entre 13 proyectos de ley - refleja un progreso en el tema de las licencias adicionales, por nacimiento prematuro o bajo peso y por enfermedad o discapacidad crónica e incluye nacimiento múltiple y adopción única o múltiple.

En caso de nacimiento pretérmino se acumulará al descanso posterior de la madre todo el lapso de licencia que no se hubiere gozado antes del parto, de modo de completar los noventa días. Por otra parte, si la madre fallece la iniciativa contempla la transferencia al padre de la licencia no gozada por la madre al momento del fallecimiento.

Si se trata de nacimiento o guarda con fines de adopción múltiple, la licencia de la madre se extenderá en 30 días más por cada hijo a partir del segundo.

El proyecto – que modifica la Ley de Contrato de Trabajo vigente – crea la licencia por paternidad y hace explícita la prohibición de trabajo para el hombre (condición de igualdad con la mujer) y extiende la licencia de los padres de dos a cinco días corridos, aún en el caso de adopción. La reforma abarca la cuestión de la lactancia, y otorga a la madre o al padre -en este caso por adopción o fallecimiento de la progenitora- la posibilidad de elegir libremente sus horarios. Tanto la madre como el padre tendrán derecho a la licencia posterior al parto en toda la extensión prevista en el proyecto, aún cuando su hijo naciere sin vida.